Neuro-criminalística.
¿Aflora en el foro una revolución impulsada por el sistema nervioso?
¿Se retiran de la circulación “los cerebros peligrosos”, en vez de hacer responsables a las personas? ¿Ayudan las tomografías cerebrales a declarar culpable al sospechoso de un crimen o a explicar su culpabilidad?
STEphaN SChlEiM
Los progresos de la neurología sitúan a los penalistas, psicólogos y psiquiatras foren- ses ante nuevos desafíos. La ciencia examina cada vez mejor aquellos procesos cerebrales que están detrás de una conducta violenta o delincuente. Razón por la cual se impone revi- sar los conceptos tradicionales de culpabilidad y responsabilidad, sobre los que se apoya todo sistema jurídico.
Con el famoso experimento de Benjamin Libet surgieron dudas de peso sobre el libre albedrío. Hay muchos coetáneos convencidos que la mecánica interna del cerebro, y no las decisiones conscientes del individuo, determina nuestra conducta. Andando el tiempo, siguen razonando, los primeros abogados sagaces aducirán, a favor de sus defendidos, circunstancias atenuantes, según el lema “él no tenía la culpa; ha sido su cerebro”.
¿Una idea absurda? No necesariamente. En los Estados Unidos, exámenes de los cerebros de criminales peligrosos, realizados con procedimientos de formación de imágenes, son aprovechados hoy en día por los abogados de la defensa. Si su cliente muestra alteraciones nerviosas, las esgrimen como circunstancias atenuantes.
Por un lado, la fisiología cerebral, por otro la culpa y responsabilidad individual. Entre ambos polos se mueven la mayoría de los escenarios de una neurocriminalística del futuro.
declarado a su absolución “por falta de libre albedrío”; ¿Qué hemos de pensar? ¿Qué cambios profundos nos esperan? ¿Cuáles serían (al menos teóricamente) pensables? ¿Cuál es el status quo? Los casos siguientes están en el centro del debate.
Caso 1:
El “cerebro del criminal”
Desde los años noventa del siglo pasado, los investigadores buscan con ahínco las raíces cerebrales de la conducta criminal. Sobre todo los científicos estadounidenses trataron de descifrar qué peculiaridades de los cerebros de algunas personas se ocupaban de que a sus portadores les faltara, al parecer, empatía y conciencia de la injusticia, de que poseyeran un talento especial para mentir y manipular o tendieran a ser impulsivos y violentos.
Los expertos, bajo el concepto amplio de “trastornos antisociales de la personalidad”, parten hoy de un vasto espectro de causas posibles, entre las que se añaden los influjos sociales y ambientales a los factores gené ticos, neurobiológicos y psicológicos [véase “El cerebro agresivo”, por Daniel Strüber, Monika Lück y Gerhard Roth; Mente y cerebro, n.o 22]. Pero la búsqueda de las características del “cerebro del criminal” aún perdura; y los neurólogos siguen recolectando diagnósticos muy diversos.
Caso 2:
Culpa y libre albedrío
Que un humano ceda a su impulso criminal u oponga resistencia, depende en cada caso de su propia decisión libre. Así rezaba, al menos hasta ahora, el consenso general entre juristas. Pero algunos científicos, como el neurobiólogo de Bremen Gerhard Roth o Wolf Singer, director del Instituto Max Planck de neurología de Frankfurt, lo ven de otra manera. Su argumentación suele seguir la misma pauta. Puesto que, razonan, en el “determinismo neuronal” no hay lugar para una voluntad libre, los humanos no pueden ser responsables de sus actos. Con ello, la idea de culpa pierde su sentido. En vez de castigar vale, en el mejor de los casos, evitar los crímenes. Así surgió la idea del derecho penal preventivo.
Klaus Günther, catedrático de teoría del derecho y de derecho penal en Frankfurt, lo relativiza atendiendo a la historia. Los juristas se habían ocupado con antelación del problema del determinismo estricto. Lo que no minus- valoraba las razones para seguir aferrados al concepto de culpa, independientemente de la cuestión del libre albedrío. Por ejemplo, la sociedad puede esperar de cada individuo una conducta legal precisamente porque la mayoría se rige por el derecho. “La mayoría erige sus capacidades corrientes en norma general, por la que mide a cada delincuente individual”, explica Günther.
La filosofía le apoya. Dieter Birnbacher, catedrático de ética en la Universidad Hein- rich Heine de Düsseldorf, señala que “la responsabilidad es un concepto adscriptivo, no descriptivo. Es decir, nosotros lo atribuimos a los hombres y no podemos determinarlo en un experimento científico. Si se ha acordado un concepto de responsabilidad, puede que la ciencia contribuya a esclarecer las dimensiones de la responsabilidad en el caso concreto”.
rich Heine de Düsseldorf, señala que “la responsabilidad es un concepto adscriptivo, no descriptivo. Es decir, nosotros lo atribuimos a los hombres y no podemos determinarlo en un experimento científico. Si se ha acordado un concepto de responsabilidad, puede que la ciencia contribuya a esclarecer las dimensiones de la responsabilidad en el caso concreto”.
Caso 3:
Detectores de mentiras
Mientras los fundamentos neuronales del com- portamiento delincuente siguen siendo objeto de debate, en EE.UU. se crean empresas para comercializar nuevos procedimientos técnicos que tienen su origen en la investigación del cerebro. En particular, la detección de mentiras por medio de la tomografía de resonancia mag- nética funcional (TRMf) —en los juicios, en los interrogatorios de la policía, en la selección de personal o en usos privados— deja ventear más de un negocio lucrativo.
Las compañías Cephos y No Lie MRI se han propuesto como objetivo descifrar el “código de las mentiras” del cerebro. Andrew Kozel, financiado por Cephos y adscrito a la facultad de medicina de Carolina del Sur, y otros inves- tigadores ven numerosos campos de aplicación para la detección de mentiras en “situaciones jurídicas, políticas, militares e industriales”. No Lie MRI lisonjea en su página web a directivos de empresa que quieren someter a sus empleados a un test de confianza; interés que extiende a personas particulares, que desean más seguridad en su matrimonio. Quienes buscan un empleo o los futuros cónyuges, ¿deberán pronto acudir a someterse a exigentes pruebas de conciencia en un escáner del cerebro?
Los Estados Unidos de América se avanzaron ya en los años ochenta del siglo pasado en la detección de mentiras. En esa época cada vez eran más las empresas que empleaban los métodos poligráficos para comprobar el rigor y veracidad de los solicitantes y empleados. El polígrafo es un instrumento técnico, que mide la frecuencia cardíaca y respiratoria así como la conductividad eléctrica de la piel en situaciones bien determinadas para deducir de ahí pronunciamientos sobre el saber ocultado o sobre la honradez de una persona.
En 1988 se promulgó una ley en EE.UU. que prohibió su utilización, la Employee Polygra- phy Protection Act (“ley de protección de los trabajadores ante la poligrafía”). Quedaban, empero, exceptuados de la norma los emplea- dos del gobierno y empresas de seguridad. Hoy, aunque la policía federal del FBI y los servicios secretos siguen aplicando el polígrafo, entre los juristas el método, incluso en EE.UU., tiene escaso prestigio.
MENTE Y CEREBRO 35 / 2009